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Al contrario de los que muchos podían suponer, hasta ahora estaban permitidos en el municipio de Orán.
Las empresas privadas y viviendas particulares que tuviesen instalados cualquier tipo de cerco eléctrico en su propiedad deberan retirarlos en un plazo no mayor a 60 días de aprobada la presente.
Las empresas o particulares que no dieran cumplimiento a lo establecido en el Art. 2º de la presente Ordenanza serán sancionados con una multa equivalente a 1.000 UTM, multa que se duplicará en caso de reincidencia o persistencia de la instalación del cerco eléctrico.

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